Ingreso al SNIS de Trabajadores Independientes

A partir del 1/7/2011 los trabajadores fuera de la relación de dependencia ingresarán al Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), obteniendo así, el beneficio de cobertura médica del Seguro Nacional de Salud, a través de entidades prestadoras de salud. Para ello, deberán registrarse en la página del BPS (www.bps.gub.uy) con plazo hasta el 30/6/2011. (ver abajo, comunicado  de BPS)

Las alícuotas 3%, 4,5% o 6% (dependiendo de la situación del trabajador) se aplicarán sobre la facturación neta (deduciendo el 30% como gastos fictos). De todas formas se aguarda la reglamentación, para dar certidumbre a la liquidación.

Sigue a continuación, comunicado del BPS en referencia:

Junio/2011

SEGURO NACIONAL DE SALUD

SERVICIOS PERSONALES FUERA DE LA RELACION DE DEPENDENCIA

Atendiendo a lo dispuesto por los arts. 70 y 71 de La Ley 18.211 de 5/12/2007, en la redacción dada por los arts. 12 y 15 de la Ley 18.731 de 7/1/2011, a partir de Julio/2011, ingresan al Sistema Nacional Integrado de Salud las personas físicas que obtienen ingresos originados en la prestación de servicios personales fuera de la relación de dependencia.

Esta incorporación comprende a Profesionales afiliados por Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios, a Escribanos afiliados a Caja Notarial de Seguridad Social y  a quienes desarrollan servicios personales no profesionales fuera de la relación de dependencia.

Los trabajadores beneficiarios tienen derecho a la cobertura médica brindada por el Seguro Nacional de Salud (SNS) a través de los prestadores de salud, así como también atribuyen el mismo amparo a sus familiares:

ü    Hijos menores a cargo o mayores con discapacidad, propios o del cónyuge o concubino

ü    Cónyuge o concubino que no posea por sí mismo la cobertura médica del Seguro Nacional de Salud (SNS)  y tengan 3 o más hijos a cargo[1] (menores de 18 años o mayores con discapacidad, propios o del cónyuge o concubino).

A los efectos de cumplir con las obligaciones tributarias con destino al Fondo Nacional de Salud (FONASA) y obtener los beneficios del sistema corresponde formalizar la fase preliminar que consiste en el registro de los contribuyentes ante el Banco de Previsión Social y el ingreso de la información relacionada con la situación familiar, distinguiéndose  las siguientes situaciones:

t       Inscripciones automáticas

BPS inscribió de oficio y con carácter provisorio, a los presuntos beneficiarios del SNS, a partir de la información recibida al 30 de abril de 2011 de las Instituciones de Previsión Social y de la Dirección General Impositiva.

La información deberá ser ratificada o rectificada por cada una de las personas hasta el 30/06/2011.

A partir del 10 de junio, ingresando en la página web www.bps.gub.uy, en el sitio Servicios en línea, se encuentra el aplicativo web “Actividad Servicios Personales SNS” que permite obtener los datos referidos a la afiliación de oficio realizada, debiéndose establecer si corresponde la inclusión o no en el sistema. En caso de estar incluido en el SNS deberá verificar la información respecto a su situación familiar, la cual se identifica a través de Códigos de Seguro de Salud.

 

 

t       Inscripciones presenciales

Quienes no se encuentren en el conjunto de los contribuyentes inscriptos de oficio, por inicio o reinicio posterior al 30/4/2011 o por integrar entidades con o sin personería jurídica (sociedad de hecho o civil) o por no haberse podido culminar el proceso automático por motivo de inconsistencia en los datos u otros factores, deberán tramitar su inscripción ante BPS Asesoría Tributaria y Recaudación  a partir del 20 de junio.

Corresponde señalar que se han dispuesto una serie de medios para asistir a estos nuevos contribuyentes en el proceso de inclusión en el sistema, por lo que está disponible el Servicio telefónico Asistencia al Contribuyente, específico para atender las consultas relacionadas con este colectivo así como brindar ayuda en línea respecto del uso del aplicativo, a través del call center 0800 2001 Opción 0.

Asimismo se pueden dirigir las consultar por correo electrónico a ServiciosPersonalesSNS@bps.gub.uy.

Para ampliar información acceder a www.bps.gub.uy, Procesos de Reforma/ Reforma de Salud / Incorporaciones julio/2011 o dirigirse a los puestos presenciales de Asistencia al Contribuyente, ubicados en Sarandí 570 PB y Colonia 1851 PB, así como en  Sucursales y Agencias del Interior del País.

 

 

 

 


 

[1]El ingreso de los cónyuges es gradual atendiendo a la cantidad de hijos a cargo: desde 12/2010 con 3 hijos; 12/ 2011 con 2 hijos; 12/ 2012  con 1 hijo  y 12/ 2013  todos.